La presente Resolución, considerando que en base a la Resolución Nº 219/997, del 19 de marzo de 1997, se designa al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca entre las entidades habilitadas indistintamente para emitir dentro de sus competencias certificados de origen, designa como entidades encargadas de extender certificados de origen al amparo del MERCOSUR a las siguientes unidades ejecutoras: a) la Dirección General de Servicios Ganaderos (DGSG), relativos a animales de todas las especies y productos de origen animal; b) la Dirección General de Servicios Agrícolas (DGSA), relativos a alimentos de origen vegetal, alimentos para animales, plaguicidas y maquinarias agrícolas; c) el Instituto Nacional de Pesca (INAPE), relativos a productos de la pesca, de la acuicultura y de la caza acuática; d) la Dirección General de Recursos Naturales Renovables (DGRNR), relativos a productos y subproductos de la fauna silvestre; e) la Junta Nacional de la Granja (JUNAGRA), relativos a frutas, hortalizas y flores; f) la Comisión Honoraria Nacional del Plan Citrícola (CHNPC).
Уругвай · 1997-10-10