Ley Nº 5 - Crea las Juntas defensoras de animales.

La presente Ley provee a la fundación y funcionamiento de las Juntas defensoras de animales en cada uno de los municipios del país. Corresponde a las Juntas promover campañas educativas y culturales tendientes a despertar el espíritu de amor hacia los animales útiles al hombre, y evitar actos de crueldad, los maltratamientos y el abandono injustificado de tales animales.

Колумбия · 1972-09-20