La presente Orden dispone que desde el 1º de julio hasta el 31 de agosto de 2001, queda prohibida la pesca de arrastre de fondo a los buques españoles en las aguas exteriores del litoral peninsular mediterráneo comprendido entre el paralelo que pasa por la desembocadura del río Senia y el paralelo de Almenara.
Испания · 2001-06-29