El presente Acuerdo modifica el Acuerdo Nº 23 en lo relativo a los productos biológicos, así como los fármacos veterinarios y sus excipientes, que pueden ser importados siempre que la autoridad oficial competente del país de origen haga constar que los productos no fueron elaborados utilizando proteínas de rumiantes.
Сальвадор · 2001-03-16