El presente Decreto Ley autoriza al Ministerio de Agricultura a poner en marcha un Programa de Fondos Rotatorios y a constituir la Comisión Nacional de Fondos Rotatorios, así como de los diferentes Comités Regionales, Provinciales y Locales de Fondos Rotatorios. La Comisión tendrá por finalidad aprobar la distribución de los recursos entre los Comités Regionales de Fondos Rotatorios ubicados en las zonas deprimidas y que deberán constituirse en cada una de las regiones afectadas.
Перу · 1992-10-28