El presente Decreto modifica los que establecen los límites máximos de captura provisionales por armador, expresados en toneladas, para la unidad de pesquería de Merluza del sur (Merluccius australis) y Congrio dorado (Genypterus blacodes) en diversas áreas marítimas, por fracción y período, en el sentido de reemplazar algunos límites máximos de captura.
Чили · 2001-10-05