El presente Decreto tiene por objeto la implementación del Programa Nacional de Cambio Climático, dependiente de la Secretaría del Ambiente. El Programa estará integrado por una Comisión Nacional de Cambio Climático (Capítulo I) y una Oficina Nacional de Cambio Climático (Capítulo II), que actuarán de manera conjunta en la evaluación e implementación de las acciones vinculadas a las obligaciones asumidas por la República del Paraguay dentro del Convenio Marco de la Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y el Protocolo de Kyoto.
Парагвай · 2001-10-09