El presente Acuerdo establece que para calificarse como exportador de banano, las personas naturales o jurídicas deberán suscribir contratos de compra venta de la fruta con los productores, estipulando de manera expresa el precio de venta del banano, el cual no podrá ser inferior al precio mínimo de sustentación vigente a la fecha de suscripción del contrato.
Эквадор · 2007-05-17