La presente Ley establece las normas a las que quedan sujetas las actividades náuticas que se desarrollen en aguas de la Provincia de San Luis, tanto de dominio público como privado con acceso público. Las actividades mencionadas (que incluyen los deportes náuticos y el transporte de pasajeros en los ambientes lacustres) quedan sometidas a los usos establecidos por el Código de Aguas de la Provincia de San Luis. La Ley define el sistema de sanciones aplicables en caso de violación de las presentes disposiciones.
Аргентина · 2004-04-07