La presente Resolución incorpora una nueva disposición al Punto VI del anexo de la Resolución Nº C.1 de 2003, que se refiere al ingreso de productos a fábricas de elaboración de cóctel de vino, vino espumoso frutado y frisante frutado natural y la documentación a ser presentada al respecto.
Аргентина · 2011-02-11