La presente Resolución establece disposiciones relativas a la temporada excepcional de pesca de especies nativas del recurso camarón de río (Cryphiops caementarius y Macrobrachium spp) en cuerpos de agua públicos de la vertiente occidental de los Andes, que se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2012, quedando prohibida la extracción, transporte, utilización y comercialización del recurso a partir del 1º de enero hasta el 31 de marzo de 2013.
Перу · 2012-12-19