De conformidad con los principios establecidos en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio, las disposiciones de la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria y las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias, la presente Resolución fija los requisitos fitosanitarios que deben cumplirse para la introducción al país de frutos secos de cerezo ácido o guindo procedentes de Brasil. En particular la mercadería debe ir acompañada por el correspondiente Certificado Fitosanitario y debe haber sido sujeta a inspección fitosanitaria.
Уругвай · 2012-10-11