En el marco de la Ley General de Cambio Climático y reconociendo el derecho a un medio ambiente sano, la presente Ley del Estado de Oaxaca establece disposiciones para regular, fomentar y posibilitar la instrumentación de la política estatal de cambio climático e incorporar acciones de adaptación, prevención de desastres y mitigación, con enfoque de género a corto, mediano y largo plazo, sistemático, participativo e integral, en concordancia con la política nacional. La Ley se inserta en el cumplimiento de los compromisos internacionales pactados por el Estado Mexicano al suscribir y ratificar la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto. La Ley se compone de los siguientes capítulos: I) Disposiciones generales; II) De la organización y estructura institucional en las políticas estatales de cambio climático; III) De la coordinación del Estado y sus municipios; IV) Del Programa Estatal de Acción ante el Cambio Climático; V) Del Registro Estatal de Emisiones; VI) De los principios generales de adaptación, prevención de riesgos y mitigación; VII) De la adaptación; VIII) De la mitigación; IX) Del Fondo Estatal para el Cambio Climático; X) De la evaluación de la Política Estatal de Cambio Climático; XI) De la participación social; XII) De la inspección y vigilancia, responsabilidades y sanciones; XIII) Medidas de seguridad; XIV) Transparencia y acceso a la información pública.
Мексика · 2013-10-31