El presente Decreto introduce algunas enmiendas al Reglamento Sanitario de los Alimentos, en particular en lo relativo a los eventos biotecnológicos que modifiquen determinados alimentos o materias primas alimentarias para consumo humano, y los alimentos, ingredientes y materias primas alimentarias nuevos, los cuales deberán figurar en la nómina dictada por el Ministerio de Salud para tales efectos, mediante la correspondiente norma técnica basada en la evidencia científica internacionalmente aceptada. También se introducen algunas modificaciones relacionadas con el uso de edulcorantes no nutritivos.
Чили · 2003-05-20