El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer disposiciones para la elección de los Consejos Directivos (periodo 2017-2020), de las Organizaciones de Usuarios de Agua que al 31 de marzo de 2016 no se adecuaron a la Ley de las Organizaciones de Usuarios de Agua o que, habiéndose adecuado, no lograron elegir en Segunda Convocatoria a los miembros del Comité Electoral y del Comité de Impugnaciones. Las organizaciones de usuarios de agua son organizaciones de personas naturales o jurídicas, sin fines de lucro, que canalizan la participación de los usuarios de agua en la gestión multisectorial y uso sostenible de los recursos hídricos, y están conformadas exclusivamente por usuarios que cuentan con sistema de abastecimiento propio.
Перу · 2016-06-16