La presente Resolución modifica la que expide la Norma complementaria para facilitar la aplicación de la Decisión Nº 483 de la Comunidad Andina (CAN) relativa al registro, control, comercialización y uso de productos veterinarios, respecto a los almacenes de expendio que deberán funcionar bajo la dirección técnica de un profesional Médico Veterinario, Bioquímico, Químico Farmacéutico o Ingeniero Zootecnista, Ingeniero Agropecuario y profesionales afines, registrado ante la SENESCYT.
Эквадор · 2015-02-03