Acuerdo Nº 239 - Disposiciones legales para ejercer la actividad acuícola en fase de cultivo en tierras de propiedad privada.

El presente Acuerdo expide la Norma técnica de aplicación de los artículos 73.2 y 73.19 del Reglamento General a la Ley de Pesca, que será de aplicación obligatoria para las personas naturales o jurídicas que ejerzan la actividad acuícola en fase de cultivo, en tierras de propiedad privada, con el objetivo de que cumplan con las disposiciones legales nacionales para ejercer esta actividad y que estará sometida a los controles que el Estado determine.

Эквадор · 2016-08-11