La presente Resolución modifica la que tiene por objeto establecer el reglamento técnico a través del cual se señalan los requisitos sanitarios que deben cumplir los materiales, objetos, envases y equipamientos de vidrios y cerámicas destinados a entrar en contacto con alimentos y bebidas para consumo humano, en relación al límite de migración total o global de los materiales, objetos, envases y equipamientos celulósicos destinados a entrar en contacto con los alimentos, que no deben transferir sus componentes a los productos alimenticios y bebidas en cantidades que excedan de 8 miligramos por decímetro cuadrado de área de superficie de material (8 mg/dm2). El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), establecerá los ensayos de migración y verificación del cumplimiento de los límites de migración total y específica de los materiales, objetos, envases y equipamientos de vidrio y cerámica.
Колумбия · 2017-03-24