Resolución Nº 850 - Reglamento de condiciones técnicas de operación de los puertos marítimos.

La presente Resolución aprueba el Reglamento de condiciones técnicas de operación de los puertos marítimos y de aquellos puertos fluviales con vocación marítima ubicados en los últimos 30 kilómetros del río Magdalena, con el propósito de optimizar la eficiencia y eficacia en las operaciones que se ejecuten en la infraestructura del sector portuario. El Reglamento se aplicará a los titulares de concesiones portuarias, homologaciones, autorizaciones temporales, permisos, licencias portuarias o cualquier otro tipo de permiso portuario. Los autorizados y los prestadores de servicios en las terminales portuarias, además de las normas nacionales aplicables para el caso, deberán cumplir los tratados, convenios, acuerdos ratificados por el país para tal efecto, también deberán tener en cuenta las recomendaciones y directrices adoptadas por las autoridades marítimas, portuarias y ambientales colombianas, relacionadas con las operaciones y servicios que se presten en la terminal portuaria.

Колумбия · 2017-04-06