El presente Decreto Supremo establece disposiciones para la adecuación de las plantas de procesamiento artesanal con licencia a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 007-2016-PRODUCE, para operar como plantas de procesamiento industrial de macroalgas marinas. A tal fin, las Direcciones Generales de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo (DGCHD) y de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto (DGCHI) del Ministerio de la Producción establecerán los lineamientos técnicos para la elaboración del Instrumento de Gestión Ambiental.
Перу · 2017-02-01