El presente Decreto modifica la regulación del canon por concepto de aprovechamiento de aguas, respecto al canon, que será cobrado por la Dirección de Agua en forma trimestral adelantado y le aplicará lo correspondiente al recargo y caducidades conforme lo contemplado en la Ley de Aguas. Para su administración los dineros recaudados serán depositados en la cuenta corriente que defina la Administración.
Коста-Рика · 2017-05-05