El presente Acuerdo crea el Comité Interinstitucional de Calidad del Agua, como la entidad responsable de coordinar la formulación de políticas sobre la calidad del agua, y del control de la contaminación de la misma, orientadas a su protección, conservación, y manejo integrado, de conformidad a las competencias establecidas por la ley a cada miembro. Son Miembros plenos del Comité con voz y voto: el Secretario del Agua, quien lo presidirá; el Ministro de Salud Pública; y el Ministro del Ambiente. Son Miembros adjuntos con voz y sin voto: un representante de la Agencia de Regulación y Control del Agua (ARCA), un representante de la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria (ARCSA), y un representante de la Subsecretaría de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente. El Comité de Calidad del Agua se encargará de presentar un plan anual de trabajo a ser aprobado por sus respectivas autoridades y de acordar los lineamientos generales referentes al control de la calidad del agua, con el control de vertidos, control de las fuentes de contaminación del agua, y definición de los procesos sancionatorios para proteger, conservar y recuperar la calidad del agua, que serán implementados por los miembros en el ámbito de sus competencias.
Эквадор · 2016-05-03