Ley de Catastro para el Estado de Querétaro.

La presente Ley tiene por objeto: Determinar, conservar y actualizar los registros que permitan identificar y catalogar los predios ubicados en el territorio del Estado de Querétaro y sus atributos, a través del Sistema de Catastro e Información Territorial; Regular la creación, operación y administración del Sistema de Catastro e Información Territorial; Determinar los principios y las normas conforme a los cuales las dependencias y entidades de la administración pública estatal y de los municipios, deberán asumir las obligaciones que les correspondan en materia de catastro e información territorial; Establecer los derechos y obligaciones a cargo de los propietarios o poseedores de predios en el Estado, en materia catastral e información territorial; Regular los derechos y obligaciones a cargo de servidores y fedatarios públicos, así como de toda persona física o moral que realice actividades relacionadas con la aplicación de la presente Ley; Normar la aportación de información técnica necesaria a los municipios por parte de la Dirección de Catastro, para que los Ayuntamientos propongan a la Legislatura del Estado las Tablas de Valores Unitarios de suelo y construcciones; y Definir las reglas para la integración, funcionamiento y uso del servicio de información catastral y territorial, así como para asegurar el acceso a dicho servicio.

Мексика · 2021-12-11