La presente Ley regula todas las actividades relacionadas con los usos pacíficos de la energía nuclear y las sustancias nucleares y materiales radiactivos que se utilicen en ellas, así como su transporte, con el objeto de proveer a la protección de la salud, la seguridad y el resguardo de las personas, los bienes y el medio ambiente y a la justa indemnización o compensación por los daños que dichas actividades provocaren. También busca asegurar el cumplimiento de los acuerdos o convenios internacionales sobre la materia en que sea parte Chile. La regulación, la supervisión, el control y la fiscalización de dichas actividades corresponderán a la Comisión Chilena de Energía Nuclear y al Ministerio de Energía, quienes además estarán encargados de entregar las autorizaciones señaladas en esta Ley según corresponda. Se regulan en detalle las medidas de seguridad, autorizaciones, obligación de informar e inspecciones, así como la responsabilidad civil por daños nucleares y las infracciones y sanciones.
Чили · 1984-04-16