El presente Reglamento se aplica a la harina de trigo de producción nacional, importada o donada, que se destine al consumo humano en el territorio nacional. El texto regula detalladamente el enriquecimiento de las harinas de trigo y los micronutrientes que deben añadirse a las mismas. Asimismo, el texto regula las indicaciones que deben figurar en los envases y en el etiquetado.
Перу · 2006-06-23