La presente Ley tiene por objeto establecer las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud pública en el Estado, con la concurrencia de los municipios. El derecho a la protección de la salud previsto en el artículo 4. de la Constitución Política tiene las siguientes finalidades: El bienestar físico y mental, para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades; Prolongar la vida humana; Mejorar la calidad de vida de las personas, mediante la realización de acciones y políticas públicas que contribuyan al desarrollo integral de las personas; Fomentar los valores que coadyuven a la creación, conservación, fomento y disfrute de condiciones de salud que contribuyan al desarrollo social; Promover actitudes solidarias y responsables de la población en la conservación, prevención, mejoramiento y recuperación de la salud física y psicosocial; El disfrute de los servicios de salud y asistencia social, que satisfagan eficaz y oportunamente las necesidades de la población; El desarrollo de la enseñanza y la investigación científica y tecnológica para la salud, y El conocimiento para el adecuado aprovechamiento y utilización de los servicios de salud.
Мексика · 1992-03-14