Protocolo No. 001 de 2019 - Adoptado por la Comisión Étnica de la Jurisdicción Especial para la Paz para la coordinación, articulación interjurisdiccional y diálogo intercultural entre la Jurisdicción Especial Indígena y la Jurisdicción Especial para la Paz.

El Protocolo 001 de 2019, adoptado por la Comisión Étnica de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), establece los lineamientos para la coordinación interjurisdiccional y el diálogo intercultural entre la Jurisdicción Especial Indígena (JEI) y la JEP. Este protocolo parte del reconocimiento del Capítulo Étnico del Acuerdo Final de Paz (2016), que exige garantizar los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas mediante mecanismos diferenciados y respetuosos de su autonomía, cosmovisión y justicia propia. Para ello, se garantiza el respeto a sus sistemas de justicia ancestral, su participación efectiva como autoridades jurisdiccionales y la adopción de medidas que promuevan su autodeterminación, no regresividad de derechos, y reparación transformadora. Además, el protocolo resalta la importancia del territorio indígena como sujeto de derechos, con especial atención a la Amazonía y su biodiversidad cultural y espiritual. El protocolo establece 45 puntos detallados que rigen el relacionamiento entre la JEP y la JEI. Entre los aspectos clave se incluye la necesidad de comunicación oral, la garantía de información completa en lengua propia, metodologías culturalmente adecuadas, respeto a las decisiones autónomas de cada pueblo y la inclusión del enfoque de mujer, familia y generación indígena. Se contempla la participación activa de las autoridades indígenas en las investigaciones de la JEP, especialmente sobre daños colectivos, afectaciones territoriales y violaciones a los derechos humanos, con énfasis en los casos de violencia sexual, desplazamiento, exterminio físico y cultural, y daños ambientales. Se garantiza que víctimas y comparecientes indígenas puedan acceder a traductores, interpretes, acompañamiento espiritual y legal, y participar en todas las etapas del proceso, respetando sus tiempos y decisiones. Asimismo, se detalla el procedimiento para el diálogo interjurisdiccional, que deberá ser horizontal, directo y con posibilidad de resolver diferencias mediante acuerdos o remitir conflictos de competencia a la Corte Constitucional. También se incluyen mecanismos de coordinación entre la Unidad de Investigación y Acusación de la JEP y las autoridades indígenas para realizar diligencias judiciales en territorios ancestrales, medidas de protección física y espiritual, acceso a expedientes, prevención de discriminación, capacitación mutua, y creación de un grupo de trabajo sobre presupuesto. Todo el protocolo busca fortalecer los derechos de los pueblos indígenas como sujetos de especial protección constitucional y asegurar su participación plena en el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y Garantías de No Repetición.

Колумбия · 2019-06-05