La Constitución de la Provincia del Neuquén establece los principios fundamentales de la organización política, institucional, económica, social y ambiental de la provincia. Reconoce varios derechos civiles, políticos, sociales, culturales y ambientales, incorporando expresamente instrumentos internacionales de derechos humanos y garantizando la tutela judicial efectiva mediante acciones de amparo, hábeas corpus y hábeas data. Asimismo, consagra los principios de igualdad, no discriminación, participación ciudadana y protección de grupos vulnerables, incluidos niños, personas con discapacidad, adultos mayores y pueblos indígenas. En materia de recursos naturales y ambiente, la Constitución reconoce el dominio y jurisdicción provincial sobre los recursos naturales existentes en su territorio, establece el deber estatal de preservar el ambiente y la biodiversidad, regula la evaluación de impacto ambiental para actividades susceptibles de generar efectos significativos y prohíbe el ingreso de residuos radiactivos peligrosos. También prevé mecanismos de planificación para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, disposiciones sobre áreas protegidas, bosques, minería, hidrocarburos y energía. La Constitución otorga un reconocimiento expreso a la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas neuquinos, garantizando el respeto de su identidad, la educación bilingüe e intercultural, la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad comunitaria de las tierras tradicionalmente ocupadas, y su participación en la gestión de los recursos naturales y demás intereses que los afecten. Asimismo, regula la organización de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, el régimen municipal autónomo, los mecanismos de democracia semidirecta, tales como iniciativa popular, consulta popular, audiencia pública y revocatoria de mandato, y establece políticas públicas en materia de educación, salud, desarrollo humano, producción, cultura y desarrollo sustentable.
Аргентина · 2006-01-01