El presente Reglamento, que consta de 5 capítulos, 44 artículos y 3 transitorios, reglamenta la Ley de Asociaciones Ganaderas. El presente Reglamento reconoce las asociaciones ganaderas locales generales y especializadas (las que se dedican a la explotación de una especie animal determinada), las uniones ganaderas regionales generales y especializadas, que son organismo que integran 3 o más asociaciones locales generales o especializadas, y a la Confederación Nacional Ganadera, que es organismo que representa a las asociaciones y uniones, generales y especializadas. El Registro Nacional de Organismos Ganaderos (cap. IV) estará a cargo de la Dirección General Jurídica de la Secretaría de Agriculturas y Recursos Hidráulicos.
墨西哥 · 1993-08-17