Ley General de Sociedades Cooperativas.

La presente Ley general de sociedades cooperativas, que consta de 4 títulos, 94 artículos y 4 transitorios, tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las sociedades cooperativas. Sus disposiciones son de interés social y de observancia general en el territorio nacional. La sociedad cooperativa es una forma de organización social integrada por personas físicas con base en intereses comunes y en los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con el propósito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a través de la realización de actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios. Para los efectos de esta Ley, se entiende por organismos cooperativos, a las uniones, federaciones y confederaciones que integren las sociedades cooperativas; y por sistema cooperativo, a la estructura económica y social que integran las sociedades cooperativas y sus organismos. El sistema cooperativo es parte integrante del Movimiento Cooperativo Nacional, que comprende al sistema cooperativo y a todas las organizaciones e instituciones de asistencia técnica del cooperativismo a nivel nacional. Su máximo representante será el Consejo Superior del Cooperativismo.

墨西哥 · 1994-07-29