La presente Resolución, que consta de 6 artículos, deja sin efecto el régimen provisional de pesca establecido por la Resolución Nº 283-99-PE, y fija las condiciones que deberán cumplir las embarcaciones arrastreras que, al amparo de la Resolución Nº 117-99-PE, se orienten a la extracción de merluza en la zona comprendida al norte de los 4° 30' LS.
秘鲁 · 2000-04-07