La presente Ley tiene por objeto el régimen forestal provincial. Declara de interés público los bosques y su aprovechamiento racional, defensa, enriquecimiento y ampliación. El ejercicio de los derechos sobre los bosques de propiedad fiscal y privada, sus frutos y productos, estará sometido a las normas, restricciones y limitaciones establecidas por la presente Ley. Los bosques quedan clasificados en protectores, permanentes, experimentales, especiales, de producción e improductivos. La Ley está compuesta por las siguientes partes: (I) Generalidades; (II) Clasificación; (III) Régimen forestal común; (IV) Régimen de los bosques nativos; (V) Régimen de los bosques implantados; (VI) Régimen forestal especial; (VII) De los aforos y derechos especiales; (VIII) Fondo forestal; (IX) Fomento forestal; (X) Control forestal; (XI) Infracciones y penalidades; (XII) Disposiciones complementarias y transitorias.
阿根廷 · 1984-12-12