La presente Ley contiene el Código de Aguas de la Provincia de Formosa, el cual regirá el conocimiento, administración, aprovechamiento, control, conservación, protección y defensa de las aguas, sus cauces y obras hidráulicas, así como las limitaciones al dominio que en interés a su uso se impongan. La Ley consta de los siguientes títulos: (I) Disposiciones generales (arts. 1º-12); (II) Uso del agua pública (arts. 13–64); (III) Uso en particular (arts. 65-131); (IV) Usos comunes (arts. 132-139); (V) Condiciones y repartos de las aguas públicas (arts. 140-172); (VI) Obras hidráulicas (arts. 173-182); (VII) Aguas atmosféricas (art. 183); (VIII) Aguas subterráneas (arts. 184-222); (IX) Contribuciones económicas a cargo de los usuarios (arts. 223-229); (X) Tasas y retribuciones (arts. 230-240); (XI) Limitaciones a la propiedad privada (arts. 241-273); (XII) Registro y catastro de agua (arts. 274-282); (XIII) Contravenciones y sanciones (arts. 283-303); (XIV) Consorcios de usuarios (arts. 304-307); (XV) Normas de procedimiento administrativo y contencioso (arts. 308-311); Disposiciones finales y transitorias (arts. 312-314).
阿根廷 · 1997-09-04