Resolución Nº 499/05 - Exceptúa de la prohibición establecida en el artículo 1º de la Resolución ex Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca Nº 793/ 87, a la especie Tayassu tajacu, para ejemplares obtenidos en calidad de trofeos de caza deportiva.

En virtud de la presente Resolución, la especie Tayassu tajacu queda exceptuada de la prohibición de exportación, tráfico interprovincial y comercialización en jurisdicción federal establecida por la Resolución Nº 793/87. La excepción se aplicará a ejemplares obtenidos en calidad de trofeos de caza deportiva.

阿根廷 · 2005-05-10