El presente Acuerdo establece, con respecto a las aguas de jurisdicción federal, una veda temporal para la captura comercial de túnidos (atún aleta amarilla, atún ojo grande, atún aleta azul y barrilete) con embarcaciones que utilizan redes de cerco. Asimismo, prohíbe dicha captura a embarcaciones de bandera mexicana, en la alta mar y en la zona marina mexicana delimitada por el artículo 2º. El establecimiento de la veda, que regirá desde el 20 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2007, tiene el fin de asegurar la conservación de los túnidos mencionados.
墨西哥 · 2007-11-14