El presente Decreto establece en todo el territorio del Ecuador continental la veda total de corto plazo de seis meses para las especies forestales del bosque nativo, entendiéndose como tal la prohibición a la corta y aprovechamiento de árboles, la movilización y comercialización de productos forestales maderables de las especies forestales que enumera.
厄瓜多尔 · 2007-06-19