El presente Decreto establece como obligatoria la identificación individual y la inscripción en el Registro Animal de todos los terneros nacidos en el territorio nacional a partir del 1º de setiembre de 2006. Dicha identificación e inscripción deberá realizarse en el sitio de nacimiento del ternero y con anterioridad al primer movimiento o cambio de propiedad.
乌拉圭 · 2008-06-02