La presente codificación de la Ley de semillas, que rige todas las actividades concernientes a la certificación de semillas y a su investigación, registro, producción, procesamiento, distribución y comercialización, dispone que sin perjuicio de las funciones y atribuciones del Consejo Nacional de Semillas, corresponde al Departamento de Certificación de Semillas del Ministerio de Agricultura y Ganadería, el control de la certificación de semillas y la aplicación de la presente Ley.
厄瓜多尔 · 1978-05-11