Ley del Agua para el Estado de Puebla.

La presente Ley establece el marco normativo que rige la planeación, programación, gestión, información, conservación y preservación de todo lo relacionado con los recursos hídricos en el Estado de Puebla. Sus disposiciones regulan la participación de de la Administración Pública Estatal y Municipal, en el ámbito de sus respectivas competencias, así como de los sectores privado y social, en la planeación, administración, explotación, uso, aprovechamiento, preservación del agua, como así también en la recarga de los acuíferos, y la prestación de los servicios públicos, los estudios, proyectos y obras relacionadas con los recursos hídricos en el marco del desarrollo sustentable del Estado de Puebla y la mitigación y adaptación ante el cambio climático. Se establecen normas específicas en tema de sistemas de captación, conducción, desmineralización, desulfuración, desinfección, potabilización, almacenamiento, regulación, distribución y la medición de los consumos de agua, así como en materia de colección, desalojo, tratamiento de aguas residuales, reúso y manejo de lodos. El texto de la Ley se compone de los siguientes Títulos: I) Generalidades; II) De la planeación de los recursos hídricos; III) De las autoridades; IV) De la prestación de los servicios públicos; V) De la contratación de los servicios públicos; VI) De las facultades de los prestadores de servicios públicos; VII) De las contribuciones, productos y de la estructura tarifaria por los servicios públicos; VIII) De la inspección y vigilancia, medidas de seguridad y denuncia ciudadana; IX) De las infracciones y sanciones; X) Del recurso administrativo de revisión; XI) De la defensa de los derechos de los usuarios.

墨西哥 · 2012-12-31