El presente Real Decreto regula la composición, funciones y atribuciones y el régimen de funcionamiento del Consejo del Agua de la Demarcación Hidrográfica del Júcar y modifica diversas normas relativas al ámbito y constitución de dicha demarcación hidrográfica y de la Confederación Hidrográfica del Júcar. A los efectos de garantizar un modelo de gestión integrado y no fragmentario en el ámbito de la Demarcación Hidrográfica del Júcar y habida cuenta de las peculiaridades hidrológicas de las cuencas que la integran, se incorpora a tal fin una disposición transitoria en relación con la adscripción de las cuencas intracomunitarias no traspasadas de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, así como de sus aguas de transición y de las costeras correspondientes; esta adscripción es provisional y se acabará cuando las comunidades autónomas afectadas asuman de manera efectiva las competencias sobre dichas cuencas hidrográficas, momento en el que se deberá proceder a la revisión del ámbito de las demarcaciones hidrográficas concernidas.
西班牙 · 2013-04-12