El Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) de Centroamérica, mediante Resolución Nº 280-2012 (COMIECO-LXII) aprobó, en el marco del proceso de conformación de una Unión Aduanera, el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10, que tiene por objeto establecer los requisitos que debe cumplir el etiquetado de alimentos preenvasados para consumo humano. Se aplica al etiquetado de todos los alimentos preenvasados que se ofrecen como tales al consumidor o para fines de hostelería y que se comercialicen en el territorio centroamericano. Quedan excluidas del ámbito de aplicación del presente Reglamento las bebidas alcohólicas fermentadas y destiladas. Se excluyen aquellos alimentos que se empacan en el momento que el producto es pedido, solicitado o adquirido por el consumidor final. El etiquetado de los alimentos frescos preenvasados se regirá por las disposiciones internas de cada uno de los Estados Parte.
2012-05-14