El Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) de Centroamérica, mediante Resolución Nº 326-2013 (COMIECO-LXVI) aprobó, en el marco del proceso de conformación de una Unión Aduanera, la modificación del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 65.05.51:08, que tiene por objeto establecer las disposiciones de registro sanitario y control de los medicamentos para uso veterinario y productos afines, en aspectos relacionados con la suspensión temporal de la aplicación de algunos requisitos, que no se aplicará a los medicamentos innovadores. El presente Reglamento se aplica a los productos farmacéuticos, productos de medicina alternativa, productos químicos de uso exclusivo veterinario o en instalaciones pecuarias, productos biológicos de uso veterinario y productos de higiene y belleza usados en los animales, así como a los establecimientos que fabrican, comercializan, fraccionan o almacenan medicamentos para uso veterinario y productos afines en los países de la región centroamericana. Se exceptúa del ámbito de aplicación de este Reglamento el registro sanitario de las materias primas para elaborar medicamentos veterinarios y productos afines, lo cual quedará sujeto a legislación nacional del Estado Parte.
2013-12-12