El presente Acuerdo modifica el Acuerdo modificatorio del que establece la fórmula de cálculo para la obtención de la tarifa referencial de agua cruda, así como las tarifas de las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua, para la sostenibilidad del dominio hídrico público, en el sentido de incorporar una Cuarta Disposición Transitoria, que dispone que para el cálculo de la liquidación o reliquidación de los valores por concepto de tarifas de uso y aprovechamiento del agua cruda correspondientes al año 2017, se aplicarán las tarifas dispuestas en el Acuerdo Nº 10-2017.
厄瓜多尔 · 2017-09-05