El presente Acuerdo establece el Programa Avícola Nacional (PAN), que tiene por objetivo establecer y uniformizar los procedimientos, actividades, criterios, estrategias y técnicas operativas para la prevención, control y erradicación de Influenza Avde la Influenza Aviar, Newcastle, Salmonelosis (S. gallinarum, S. pullorum), Laringotraqueítis Infecciosa Aviar y otras enfermedades de interés para la avicultura nacional. Corresponde al Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), a través de la Subdirección General de Salud Animal, la dirección y ejecución del Programa Avícola Nacional PAN. Para el efecto coordinará acciones de apoyo con otras unidades del SENASA, instituciones del Estado, sector productivo avícola privado por medio de las diferentes asociaciones de avicultores, organismos internacionales, las fuerzas vivas y otros que correspondan en su campo. La Comisión de Sanidad e Inocuidad de la Cadena Avícola (CSICA) será el órgano técnico científico responsable de crear, analizar y definir las directrices para el cumplimiento del PAN. En lo concerniente a aves silvestres (aves en cautiverio), el SENASA determinará las especies que por razones técnicas considere necesario someter a vigilancia epidemiológica.
洪都拉斯 · 2018-11-27