Acuerdo Nº MAP-SRP-2018-0200-A ─ Establece una veda para la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa del recurso Hojita (Chloroscombrus orqueta),

El presente Acuerdo establece una veda para la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa del recurso Hojita (Chloroscombrus orqueta) desde el 1º de febrero al 30 de junio cada año, por estar este recurso en época de reclutamiento y permitir el ingreso nuevos individuos a la masa explotable, lo que conlleva sostenibilidad de la biomasa. Después del periodo de veda, se prohíbe la captura, transporte, posesión, procesamiento y comercialización interna y externa del recurso de tallas inferiores a 16 centímetros de longitud total, con el objetivo de dar oportunidad al recurso para que al menos realice su primer desove.

厄瓜多尔 · 2018-09-18