Resolución Núm. 2.952 – Establece requisitos, condiciones y procedimientos de certificación de desembarque, de acuerdo con el artículo 64 E de la Ley General de Pesca y Acuicultura.

La presente Resolución fija los requisitos, condiciones y procedimientos de certificación de desembarque, de acuerdo con el artículo 64 E de la Ley General de Pesca y Acuicultura. En especial, para la certificación de desembarque se establece como condición indispensable la utilización de un sistema de pesaje electrónico habilitado por el Servicio Agrícola y Ganadero. También se contempla la activación del aviso de recalada para obtener la certificación. Los lugares de desembarque son los establecidos en Trazabilidad.

智利 · 2019-07-01