El presente Decreto adecua la integración de la Comisión Nacional para la Erradicación Gradual y Progresiva del Trabajo Infantil, creada mediante Decreto Nº PCM- 17-98, a la nueva estructura del Gobierno de la República establecida en la Ley General de la Administración Pública, e incorpora a la misma las demás Instituciones y Organizaciones que tengan atribuciones en la materia, con el propósito de articular, monitorear, evaluar y garantizar la implementación del Plan Nacional, la Política Pública y la Hoja de Ruta para Hacer de Honduras un País Libre de Trabajo Infantil y sus Peores Formas. La Comisión Nacional tendrá las siguientes funciones: 1) Coordinar con las Secretarías de Estado y demás dependencias que en el marco de la Visión de País y Plan de Nación y Planes de Inversión Municipal y de Gobierno, de acuerdo a sus responsabilidades y competencias institucionales, contemplen e implementen acciones tendientes a la prevención y eliminación del trabajo infantil en los procesos de planificación institucional estratégica y operativa; 2) Gestionar para canalizar recursos financieros ante organismos cooperantes para la ejecución de la Hoja de Ruta para la prevención y erradicación del trabajo infantil y sus peores formas. La Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), en su función de secretario de la Comisión actuará como asesorar, coordinador y velará porque todas las acciones, planes, proyectos y programas que se ejecuten o dicten conlleven el fortalecimiento del Sistema Nacional de Protección Integral a la Niñez, Adolescencia y Familia, en este caso en materia de erradicación al trabajo infantil.
洪都拉斯 · 2017-03-10