La presente ley tiene por objeto establecer el marco normativo que permita garantizar la calidad estándar y diferenciada de los productos agroalimentarios, producidos, elaborados, transformados o comercializados en la Comunidad Autónoma de Canarias, con sujeción a la normativa comunitaria y estatal de aplicación, así como la promoción y el reconocimiento de la producción con origen en Canarias. Asimismo, constituye el objeto de esta ley: a) La regulación de la inspección, el control de calidad, la prevención y lucha contra el fraude y el régimen sancionador en materia de calidad y conformidad de los productos agroalimentarios, y b) El desarrollo de las políticas para hacer efectiva la declaración de la Comunidad Autónoma de Canarias como zona libre de cultivos transgénicos. El título I tiene que ver con calidad estándar. Se establece el aseguramiento de la calidad estándar, basada en el autocontrol del operador y el control oficial. Adentro del autocontrol del operador, se establecen las responsabilidades de los operadores agroalimentarios, incluyendo: asegurar la trazabilidad de los productos, la implementación de sistemas efectivos que permitan identificar y localizar a los suministradores y receptores de los productos agroalimentarios, la accesibilidad y claridad de la identificación de los productos agroalimentarios y el registro de los productos. También, se especifican determinados productos agroalimentarios: a) vino de finca o vino de parcela, b) mención de añada en vinos sin denominación de origen o indicación geográfica protegida, c) vino de frutas, d) artesanía agroalimentaria, y e) productos agroalimentarios tradicionales de Canarias. El Titulo II, Calidad diferenciada, se trata sobre el conjunto de propiedades y características de un producto, vinculadas a un origen geográfico, tradición o método de producción, consecuencia del cumplimiento de los requisitos establecidos en las normas que regulan los regímenes de calidad y las normas específicas de cada figura de calidad diferenciada, relativas a sus materias primas o procedimientos de producción o transformación. Se establecen regímenes de calidad y el régimen jurídico. Se establecen los derechos y obligaciones de los operadores agroalimentarios acogidos a un régimen de calidad. Se establece el alcance de la protección. Se establecen los requisitos para el uso del símbolo gráfico en productos agrícolas de calidad específicos de Canarias. El título III se trata de la inspección y medidas cautelares. Se establecen: el alcance de la inspección, las facultades y obligaciones del personal de inspección, derechos y obligaciones de los operadores inspeccionados y la advertencia previa. Además, se establece la posibilidad de la adopción de medidas cautelares, los tipos de medidas cautelares, y multas coercitivas. Finalmente, el título IV se establece el régimen sancionador.
加那利群岛 (西班牙) · 2019-04-09