El presente Decreto Ejecutivo establece lo concerniente a la conformación, funcionamiento y funciones de la Comisión Consultiva Nacional de Ambiente, Comisiones Consultivas Provinciales de Ambiente, Comisiones Consultivas Distritales de Ambiente y Comisiones Consultivas Comarcales de Ambiente. El objetivo general de las Comisiones Consultivas de Ambiente es proveer un espacio de participación ciudadana para que los representantes de la sociedad civil se informen, analicen y hagan observaciones, recomendaciones y/o propuestas sobre temas ambientales de importancia nacional, provincial o local a las unidades administrativas del Ministerio de Ambiente que correspondan. La Comisión Consultiva Nacional de Ambiente analizará los temas de transcendencia nacional o intersectorial de carácter ambiental, formulando observaciones, recomendaciones y propuestas al Ministerio de Ambiente. Las Comisiones Consultivas Provinciales de Ambiente conocerán los temas ambientales de interés en la provincia, formulando sus observaciones, recomendaciones y propuestas a las respectivas Direcciones Regionales de MiAMBIENTE. Las Comisiones Consultivas Distritales de Ambiente conocerán de los temas ambientales de interés en el distrito, formulando sus observaciones, recomendaciones y propuestas a las respectivas Direcciones Regionales de MiAMBIENTE. Las Comisiones Consultivas Comarcales de Ambiente conocerán de los temas ambientales de interés en la comarca, formulando sus observaciones, recomendaciones y propuestas, a las respectivas Direcciones Regionales de MiAMBIENTE. Los integrantes y las designaciones de cada grupo de Comisiones se especifican por cada Titulo. Siguen las fuentes de financiamiento y las disposiciones finales.
巴拿马 · 2024-05-04