La presente Constitución establece los principios, derechos, deberes y garantías que rigen en la Provincia de San Luis, en ejercicio de los derechos no delegados al gobierno de la Nación y en el marco de las normas establecidas por la Constitución nacional. La Provincia organiza sus poderes bajo el sistema republicano democrático y representativo de Gobierno. En este contexto, el documento establece la organización institucional, los derechos y garantías de sus habitantes, y los principios rectores de la acción estatal a nivel provincial. Define a la provincia como un Estado autónomo dentro del sistema federal argentino, con un régimen republicano, representativo y democrático. Regula la separación de poderes (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), sus competencias, atribuciones y mecanismos de control. Se reconocen varios derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales, incluyendo garantías de participación ciudadana, acceso a la justicia y protección de los sectores vulnerables. En particular, se contempla el derecho de propiedad y se reconoce su función social (art. 35). Asimismo, se incorporan principios de desarrollo económico y social, promoviendo la producción, el trabajo y el bienestar general. En materia ambiental y de recursos naturales, la Constitución establece el deber del Estado de proteger el ambiente, conservar los recursos naturales y asegurar su uso sostenible en beneficio de las generaciones presentes y futuras. También contempla la regulación del dominio y aprovechamiento de los recursos naturales existentes en el territorio provincial, así como la promoción de actividades productivas compatibles con la preservación ambiental. Cabe señalar el artículo 47 en materia medioambiental: los habitantes tienen derecho a un ambiente humano de vida salubre y ecológicamente equilibrado y, el deber de conservarlo. Corresponde al Estado Provincial prevenir y controlar la contaminación y sus efectos y las formas perjudiciales de erosión; ordenar el espacio territorial de forma tal que resulten paisajes biológicamente equilibrados. Crear y desarrollar reservas y parques naturales así como clasificar y proteger paisajes, lugares y especies animales y la preservación de valores culturales de interés histórico o artístico. Toda persona por acción de amparo puede pedir la cesación de las causas de la violación de estos derechos. Además, la Constitución prevé mecanismos de descentralización administrativa, la autonomía municipal y herramientas de participación directa, consolidando un marco jurídico orientado al desarrollo integral, la equidad social y la gestión sustentable de los recursos.
阿根廷 · 1987-03-26